Están a la orden del día los pleitos por derechos de imagen en el mundo de la moda y hace unos meses le tocó a la famosa cadena de ropa británica Topshop. Rihanna les había demandado, tras varias advertencias, ante el Tribunal Superior de Londres por comercializar unas camisetas con su imagen extraída sin su consentimiento en la grabación de uno de sus videoclips. Y si bien Topshop compró los derechos de la foto, no pagó a Rihanna por sus derechos de imagen.
Pues bien, el pasado miércoles se publicaba en prensa la victoria de la cantante barbadense. Como comenta Michael Gardner, jefe del equipo de propiedad intelectual del bufete londinense Wedlake Bell para el periódico Dailymail “un número de fans habría creído erróneamente que había llegado a un acuerdo comercial con la empresa para vender la ropa”, y por tanto, ello hubiese influido en los compradores a la hora de querer adquirir el producto. Así parece que pensó el juez Birss para quien dicho acto constituye una usurpación y puede suponer una pérdida en la venta de productos oficiales.
Si bien, Topshop no se rinde y parece ser que recurrirá la sentencia ¿ratificarán el fallo a favor de Rihanna?
Pero lo que me llama la atención de esta noticia es que los tribunales del Reino Unido (sentencia del caso) no reconocen los derechos de imagen de las celebrities, solo los derechos de autor del dueño de la imagen, que fueron comprados por Topshop, de ahí que en el pronunciamiento del Juez no se haga referencia a este aspecto, y que los abogados de la cantante hayan centrado su estrategia de demanda en que Topshop quiere aparentar que las camisetas fueron consentidas por la misma.
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